Causa cripto $LIBRA: la Justicia decidió apartar a los inversores como querellantes

Sep 5, 2026 | Cripto, Economía, Política

En el dinámico y muchas veces impredecible ecosistema de los activos digitales, las noticias judiciales no dejan de generar repercusiones. Recientemente, un nuevo revés judicial golpeó a los ahorristas que buscaban avanzar en los tribunales: la Cámara Federal determinó que los damnificados de la causa cripto $LIBRA no podrán continuar como querellantes en el expediente.

Un mercado descentralizado bajo la lupa

La decisión de la Sala I, dictada con la firma de los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, confirmó el fallo emitido en el incidente de falta de acción promovido por Mauricio Novelli. De este modo, la resolución ratificó el apartamiento de cinco querellantes: Alan Vega, Braian Emanuel Quintero, Matías Alejandro Paris, Juan Patricio Marchetto y Martín Romeo.

Los magistrados fundamentaron la medida en que los demandantes no lograron acreditar fehacientemente cuál fue el engaño específico o la afirmación falsa que los impulsó a desembolsar su dinero para adquirir el token promovido inicialmente por Javier Milei. Para el tribunal, a medida que avanzó la instrucción, la hipótesis inicial de una maniobra criminal organizada —que presuntamente involucraba a desarrolladores como Julian Peh y Hayden Mark Davis, con la representación local de Mauricio Gaspar Novelli— se fue diluyendo frente a las exigencias probatorias del derecho penal.

Entre el ardid delictivo y el riesgo financiero

En su resolución, la Cámara contrapuso dos posibles escenarios sobre lo ocurrido con el activo, cuya cotización registró una fuerte suba inicial para luego desplomarse horas después, tras ventas masivas del equipo creador que habrían permitido retirar unos 100 millones de dólares. Por un lado, se evaluó la teoría de un plan premeditado para provocar un perjuicio patrimonial; por otro, la posibilidad de que los denunciantes fueran simplemente inversores que optaron por un mercado no regulado.

Los jueces concluyeron que los inversores no lograron conectar la disposición de su dinero con una acción dolosa concreta. Asimismo, descartaron que la mera utilización de conceptos técnicos como “calidad simulada”, “insider trading”, “lavado de prestigio” o “rug pull” fuera suficiente para demostrar un delito en el expediente, al tratarse de categorías que no lograron proyectarse adecuadamente sobre el caso.

El tribunal remarcó que las operaciones se realizaron en un ámbito caracterizado por su alta volatilidad, la tecnología blockchain —que funciona como un registro contable transparente de las fluctuaciones— y la absoluta ausencia de regulaciones financieras tradicionales. De este modo, se enfatizó que quienes ingresaron al negocio conocían o debían conocer el nivel de riesgo asociado, por lo que las pérdidas económicas responden al riesgo inherente que asume cualquier comprador en estos entornos tecnológicos y no a un perjuicio directo derivado de un delito comprobado en esta etapa.

El futuro de la investigación

Frente al planteo de los inversores sobre un reconocimiento previo como querellantes, la Sala I aclaró que aquel pronunciamiento inicial poseía un carácter provisorio, propio del inicio del proceso, y no genera cosa juzgada.

Si bien este fallo limita la participación activa de los particulares damnificados como acusadores en la causa cripto $LIBRA, la investigación principal sigue abierta. Los jueces aclararon que la falta de legitimación actual no implica el cierre definitivo del expediente ni determina la inexistencia absoluta de un ilícito, aunque marca un precedente estricto sobre la necesidad insoslayable de probar un ardid concreto y un nexo causal directo al operar con activos digitales.

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